top of page
Decoración callejera mexicana

HISTORIA

Fundación de ICOMOS México

En la Ciudad de México a los veinte días del mes de Abril del año de mil novecientos sesenta y cinco, y siendo las nueve horas se reunieron en el quinto piso de la casa número noventa y dos de la Avenida Oaxaca de esta ciudad, los señores arquitectos Don José Villagrán García, Don Pedro Ramírez Vázquez, Don Carlos Flores Marini y los doctores Don Ignacio Bernal y Don Francisco de la Maza. En uso de la palabra el señor arquitecto José Villagrán García expresó: que el veinticinco de noviembre del año próximo pasado, el Secretario de Educación Pública Don Jaime Torres Bodet le dirigió una comunicación haciéndole saber que, en el segundo Congreso Internacional de Arquitectura y Técnicos de Monumentos Históricos, celebrado en Venecia, Italia, en mayo de ese año, se decidió la creación de un Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) como organización, no gubernamental, afiliada a la UNESCO, con el objeto primordial de establecer una colaboración internacional dentro de los planos doctrinal, técnico, legislativo y científico, entre los especialistas en la conservación y restauración de los monumentos antiguos y de los sitios; que el Secretariado provisional del ICOMOS había dirigido al Gobierno de México, por intermedio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, una solicitud para que nuestro País designara un Comité Ejecutivo Provisional Mexicano, con el que pudieran establecerse relaciones inmediatas con el ICOMOS y cuyo primer objetivo sería emitir opinión sobre el proyecto de Estatutos del citado Consejo internacional formulado en la reunión de Venecia.

 

Que la Secretaría de Educación Pública designó a los presentes para integrar el Comité Ejecutivo Provisional Mexicano; que fueron revisados los Estatutos y la Dirección General de Asuntos internacionales de la Secretaría de Educación Pública hizo saber al ICOMOS que no existía objeción alguna al proyecto de Estatutos; que consultadas para el funcionamiento del Comité Nacional, entre otras instituciones a los Institutos Nacionales de Antropología e Historia y de Bellas Artes, y habiéndose aprobado los Estatutos del ICOMOS era necesario, por haberse llenado los requisitos del artículo 14 de los Estatutos citados, darle forma legal a la constitución del Comité Nacional; que en efecto el artículo citado expresa que los comités nacionales asumen el compromiso de establecer el ICOMOS en sus respectivos países y poner en vigor los programas comunes y nacionales de la Asociación; que se constituirán después de consultar a instituciones nacionales e internacionales, así como a asociaciones profesionales, a la administración y en aquellos países que sean miembros de la UNESCO; que los Comités Nacionales se conformarán por quince miembros activos y un número ilimitado de miembros asociados, aquellos con voz y voto y estos sólo con voz, cuyos nombramientos se harán efectivos hasta que hayan sido aceptados por el Comité Ejecutivo del ICOMOS; que en atención a lo expresado somete a la consideración de la Asamblea la siguiente Orden del Día:

 

  1. Si se considera que se han llenado los requisitos del artículo 14 de los Estatutos del ICOMOS para que pueda constituirse el Comité Nacional del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios.

  2. Si ya se juzga oportuno el que se lleve a cabo la constitución del Comité Nacional de acuerdo con la legislación mexicana.

  3. Si considera la Asamblea de dicho Comité, como lo expresa la comunicación del Secretario Don Jaime Torres Bodet, deba ser un organismo no gubernamental.

  4. Si aprobado lo anterior se nombre el Consejo Ejecutivo o Mesa Directiva del Comité Nacional y se nombre Comisión Redactora de los estatutos que deban regir a dicho Comité Nacional.

 

Sometida esa orden del día a la consideración de la Asamblea, ésta la aprobó por unanimidad de votos. A continuación y por lo que respecta al punto primero de la orden del día hicieron uso de la palabra todos los ahí reunidos, habiendo llegado a la conclusión de que, como ha tomado parte activa en diversos actos llevados a cabo por el Comité Provisional el Instituto Nacional de Antropología e Historia y como además también ha estado al tanto de las actividades de ese comité el instituto Nacional de Bellas Artes por conducto de la Arquitecto Ruth Rivera y ha estado enterado el Arquitecto Jorge L. Medellín, Subsecretario de Bienes Inmuebles y de Urbanismo de la Secretaría del Patrimonio Nacional, de los antecedentes y de la constitución, objeto y facultades del Comité Provisional deben considerarse llenados todos los requisitos del artículo 14 de los Estatutos del ICOMOS y, por lo mismo, debe procederse a la constitución del Comité Nacional de acuerdo con las leyes de nuestro País. Hicieron uso de la palabra en pro de ese criterio el arquitecto Ramírez Vázquez, los señores Flores Marini y de la Maza, y sometido a votación el primer punto de la orden del día fue aprobado por unanimidad de votos el que desde luego se lleva al cabo la constitución del Comité Nacional y que ésta acta se considere como el Acta Constitutiva del citado Comité.

 

Puesto a la consideración de la Asamblea el segundo punto de la orden del día, hicieron uso de la palabra los arquitectos Villagrán, Ramírez Vázquez y Flores Marini, así como el doctor de la Maza y previa votación por unanimidad se acordó constituir el Comité Mexicano como una asociación civil, ya que no persigue ningunos fines lucrativos ni tener carácter preponderante económico. Con respecto al punto tercero de la orden del día el arquitecto Villagrán expresó: que con el ICOMOS en una dependencia de la UNESCO no puede considerarse el Comité Nacional desligado de modo absoluto del Gobierno en vista de que el artículo 14 de los Estatutos indica que la organización de los comités nacionales deben llevase al cabo consultando a la delegación de la UNESCO en el país respectivo; que por otra parte había intervenido la Secretaría de Relaciones, según lo expresaba la comunicación del señor Torres Bodet y la Dirección de Asuntos Internacionales de la Secretaría de Educación conectada directamente con la UNESCO, por lo que debía tenerse todo eso en cuenta al formularse los estatutos del Comité Nacional; pero que, por lo que respecta a la constitución del Comité Nacional en asociación civil, estaba de acuerdo en que se adoptara esa forma legal e insistió en que se puntualizara en los Estatutos el papel que debería desempañar la delegación de la UNESCO en México.

 

Después de haber hecho uso de la palabra los arquitectos Flores Marini y Ramírez Vázquez y los doctores Bernal y de la Maza se aprobó tener en consideración el punto de vista del arquitecto Villagrán al formularse los estatutos del Comité Nacional. En segunda se sometió a la consideración de la Asamblea el cuarto punto de la orden del día y por unanimidad de votos quedó integrada la Directiva en la siguiente forma:

Presidente: señor arquitecto Don José Villagrán García.

Vicepresidente: señor arquitecto Don Pedro Ramírez Vázquez.

Secretario: señor arquitecto Don Carlos Flores Marini.

Tesorero: señor doctor Don Francisco de la Maza.

 

Acordó también la Asamblea por unanimidad de votos el que la designación de los demás miembros activos y de los miembros asociados se haría una vez que se aprobaran los estatutos ya que en éstos deben precisarse los requisitos para ser miembro activo o asociado y que desde luego en atención a que el doctor Don Ignacio Bernal reunía todos los requisitos que fijan los Estatutos del ICOMOS así como por haber sido designado por la Secretaría de Educación Pública como miembro del Comité Provisional, por unanimidad de votos quedó designado como miembro activo o asociado.

bottom of page