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Decoración callejera mexicana

ICOMOS MEXICANO A.C.

Estructura General y Objetivos

El Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) es un organismo no gubernamental creado con el fin de contribuir a la salvaguarda del patrimonio cultural y natural de la humanidad. Fue reconocido en la Convención del Patrimonio Mundial como uno de los organismos consultores del Comité de Patrimonio Mundial de la UNESCO. Como tal es copartícipe y responsable, junto con otros organismos, de la evaluación de los bienes culturales de la Lista del Patrimonio Mundial. Una de las funciones que cumple el ICOMOS es la de contribuir a la vigilancia de los monumentos y sitios de dicha lista y por ello participa en la elaboración de los informes periódicos sobre el estado de la conservación y de la gestión de estos bienes.

 

Lo anterior implica tanto la elaboración de informes sistemáticos, a petición del Comité de Patrimonio Mundial, como de los gobiernos de los Estados adheridos a la Convención o, de darse el caso, la de un informe reactivo cuando los valores culturales de los bienes inscritos en la lista se ven amenazados por fenómenos naturales o por actividades humanas.

 

El ICOMOS Mexicano, A.C. ó ICOMOS México, constituido legalmente en 1979, es el comité nacional de ICOMOS Internacional en lo que concierne al patrimonio cultural de México y, por ende, sigue las pautas por él marcadas.

 

En el Acta Constitutiva (1979) se expresaba que:

“El Comité Nacional, como órgano del ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y de (sic) Sitios) tiene por objeto:

 

A).- Cooperar en la tarea de proteger los Recursos Culturales de la Nación; por lo que sus funciones se concretan a coadyuvar con las Instituciones Oficiales, en el conocimiento, estudio, conservación y difusión de los monumentos y sus conjuntos monumentales, aspirando a coordinar mediante una actividad estructurada, el diario esfuerzo del Gobierno y el entusiasmo de las Sociedades Civiles, para lograr conjuntamente prolongar los valores del Legado Cultural de nuestro País.

Los Estatutos actuales, aprobados durante la Asamblea General del día 17 de abril de 2010, establecen en una de sus definiciones:

 

Para los efectos de los presentes Estatutos se entiende por:

a) Patrimonio Cultural. Incluye toda manifestación material o inmaterial que contenga valores vinculados a la historia, desarrollo cultural y tradiciones de México en todas sus etapas, así como el Paisaje Natural asociado a éste.

Como Objetivo General:

El ICOMOS Mexicano, A.C. tiene por objeto el rescate, la protección y la conservación del patrimonio cultural en el territorio nacional, con el fin de llevar a cabo en nuestro país las mismas funciones y actividades que desarrolla el ICOMOS a nivel internacional.

Objetivos Específicos:

  1. Vincular a especialistas de la conservación del patrimonio cultural en el ámbito internacional, para servir como foro de diálogo e intercambio de profesionales y, de manera enunciativa más no limitativa, crear bases de datos de especialistas en los aspectos relativos a la protección del patrimonio cultural, especialmente en el continente americano, para integrar redes de comunicación dinámicas e incluyentes.

  2. Promover la comunicación entre especialistas y sociedad civil, por medio de la realización, entre otros, de foros, asambleas, symposia, tanto en forma presencial como a través de todo tipo de medios de comunicación, incluyendo los electrónicos.

  3. Recabar, reunir, analizar, evaluar, fomentar y difundir la información y acervos relativos a los estudios y documentos en los que se contengan los criterios, principios, políticas y técnicas de investigación, prevención, conservación, restauración, gestión, manejo y valorización del patrimonio cultural.

  4. Promover la adopción e implementación de las convenciones internacionales para la conservación del patrimonio cultural, así como aquellas acciones, instrumentos jurídicos, normas y recomendaciones regionales, nacionales e internacionales que coadyuven a la protección del patrimonio cultural.

  5. Asesorar, formular, proponer, colaborar en la creación, actualización y consulta de inventarios, catálogos, registros, declaratorias, leyes, reglamentos, planes de manejo, fondos documentales, estudios y proyectos, informes y dictámenes del patrimonio cultural.

  6. Promover la elaboración, reformas y adiciones de normas para el estudio, conservación, restauración o valorización del patrimonio cultural.

  7. Coadyuvar en la identificación, registro y protección del patrimonio cultural que sea propuesto y/o inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO, especialmente aquellos bienes culturales que se encuentren localizados en el territorio mexicano. Dichas actividades incluyen aquellos monumentos, sitios, lugares o bienes culturales que se encuentran en la Lista Indicativa elaborada por el Gobierno Mexicano con el fin de que sean incorporados en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO, previo cumplimiento de los procedimientos establecidos por dicho organismo intergubernamental.

  8. Cooperar con las autoridades, instituciones nacionales e internacionales y la sociedad civil, en el establecimiento de centros de documentación especializados en conservación del patrimonio cultural.

  9. Formar parte de órganos colegiados, ya sean de carácter público o privado, con funciones de asesoría y consulta en materia de protección, conservación y valorización del patrimonio cultural.

  10. Analizar, dictaminar y emitir opinión sobre cualquier acción de carácter público o privado que tenga relación con la protección del patrimonio cultural.

  11. Proponer a las instancias nacionales e internacionales competentes la adopción de medidas de protección del patrimonio cultural, acordes con la legislación mexicana y/o con los tratados y convenciones internacionales en esta materia, suscritas por el Gobierno Mexicano.

  12. Promover y colaborar en las campañas de sensibilización y difusión que las instituciones públicas o privadas dirijan a la población sobre el tema de la protección del patrimonio cultural.

  13. Constituir un medio de enlace y actuar como organismo asesor entre autoridades, instituciones y la sociedad civil a quienes concierne la protección, conservación y valorización del patrimonio cultural, cooperando y prestando asesoría, a nivel nacional e internacional, a cualquier persona e institución ya sea pública o privada en relación a la protección del patrimonio cultural.

  14. Formular y cooperar en programas de formación de especialistas y capacitación de la sociedad civil en materia de protección del patrimonio cultural, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa las siguientes acciones: promover y establecer el sitio web, el blog, el boletín electrónico y el aula virtual; formar un comité editorial responsable de las publicaciones impresas y/o digitales, además de fomentar ediciones y coediciones; así como realizar cursos, seminarios y talleres a través de las modalidades de educación a distancia, presencial y mixta.

  15. Promover que el ICOMOS Mexicano sea el organismo autorizado para otorgar la certificación correspondiente a los especialistas en la protección del patrimonio cultural.

  16. Ofrecer la experiencia, la capacidad analítica y crítica, así como el conocimiento de profesionales y especialistas altamente calificados, al servicio de la comunidad internacional.

  17. Establecer y mantener estrecho contacto con la UNESCO, el Consejo Internacional de Museos (ICOM), el Centro Internacional para el Estudio de la Conservación y Restauración de Bienes Culturales (ICCROM), los Centros Nacionales  y  Regionales  de  Conservación  de  la  UNESCO  y  cualquier otro organismo público o privado, ya sea nacional o internacional, que persiga objetivos similares a los del ICOMOS Mexicano, A.C.

  18. Coadyuvar con las autoridades en la protección del Patrimonio Cultural mediante la vigilancia y denuncia de acciones que puedan representar un posible daño o deterioro al mismo, haciendo del conocimiento de la opinión pública estos hechos, cuando así sea necesario.

  19. Adquirir todo tipo de bienes muebles e inmuebles, incluso derechos de propiedad industrial e intelectual.

  20. Celebrar contratos, convenios y la ejecución de actos u operaciones de cualquier naturaleza que sean necesarios o convenientes para la realización de su fin social. La asociación puede girar, avalar, aceptar, endosar o negociar títulos de crédito, a excepción de aquellos que constituyan una especulación comercial.

  21. Realizar cualquier acto jurídico o material permitido por las leyes mexicanas, con objeto de alcanzar los objetivos antes mencionados.

 

 

Por otra parte, su Estructura Organizativa es:

“Las actividades del ICOMOS Mexicano, A.C., serán planeadas, organizadas y dirigidas por el Consejo Directivo. Para coadyuvar en el estudio y ejecución de las acciones del ICOMOS Mexicano, A.C., el Consejo Directivo contará con el apoyo de los Comités Regionales, Estatales y Científicos, quienes formarán parte del Consejo Técnico Consultivo”:

 

Los órganos de gobierno del ICOMOS Mexicano, A.C. son: I.- La Asamblea General.

II.- El Consejo Directivo.

III.- El Consejo Técnico Consultivo. IV.- La Junta de Honor.

 

El Consejo Directivo se conforma de:

  • Un Presidente

  • Un Vicepresidente General

  • Seis Vicepresidentes Regionales

  • Un Secretario General

  • Un Tesorero

  • Cuatro Secretarios:

    • Secretario de Promoción y Difusión

    • Secretario de Desarrollo Académico

 

  • Secretario de Conservación Patrimonial

  • Secretario de Relaciones Internacionales

  • Siete Vocales

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